Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
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Sobre la Ley

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana inició en julio de 2020 el proceso de tramitación de la que será la primera Ley de Calidad de la Arquitectura.

Como objetivo fundamental esta ley busca que el entorno que sirve de marco a todas las actividades que realizamos tenga la mayor calidad posible contribuyendo con ello al bienestar individual y colectivo.

Al fijarse este ambicioso objetivo esta Ley no hace sino seguir la línea ya marcada por documentos estratégicos como la Agenda Urbana Española de 2019 que a su vez actúan como políticas palanca para la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, los conocidos ODS, de la Agenda 2030 que fijaron las Naciones Unidas en 2015. La Agenda Urbana Española se enmarca concretamente en el Objetivo de Desarrollo 11, la consecución de ciudades y comunidades sostenibles, inclusivas, seguras y resilientes. El presente se enfrenta a notables desafíos y muchos de ellos tienen su reflejo en el entorno físico en que desarrollamos nuestras vidas. El crecimiento, muchas veces insostenible y desestructurado de las grandes urbes y su reverso, la despoblación del entorno rural, el cambio climático y sus repercusiones sobre los núcleos urbanos y sobre el paisaje, la creciente inequidad social, la pérdida de identidad cultural, las crisis humanitarias son retos que obligan a revisar los patrones de desarrollo y crecimiento de los entornos construidos.  En el año 2020 la inesperada y devastadora crisis sanitaria provocada por el COVID-19, que ha trastocado proyectos individuales y colectivos, ha añadido un nuevo desafío que obliga a aunar esfuerzos para lograr alcanzar ese horizonte diseñado por las Naciones Unidas para el año 2030. 

Con este proyecto de Ley se persigue no solo contribuir a la consecución de estas ciudades y comunidades sostenibles, inclusivas, seguras y resilientes sino hacerlo a partir de la reivindicación de la Arquitectura como un hecho cultural que permite integrar el patrimonio construido del pasado y su legado, el patrimonio contemporáneo, la ciencia de la construcción en continua innovación y la investigación y el debate teórico en torno al espacio construido.  En 2001, la Resolución del Consejo de la Unión Europea sobre la calidad arquitectónica en el entorno urbano y rural ya reconoció la especificidad de la Arquitectura como componente de la cultura y como agente económico. Esta fue la primera vez que una institución comunitaria aprobó un texto específico sobre Arquitectura instando a los poderes públicos a fomentar la necesaria colaboración interdisciplinar, la extensión del conocimiento de la Arquitectura, su socialización y la definición de la calidad arquitectónica como la meta a alcanzar.

A partir de este momento han sido varias las directivas europeas en que se ha reproducido la declaración de la Arquitectura como bien de interés general. Es especialmente destacable la Directiva 2005/36/CE del Parlamento y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales en que se manifiesta que “la creación arquitectónica, la calidad de las construcciones, su inserción armoniosa en el entorno, el respeto desde los paisajes naturales y urbanos, así como del patrimonio colectivo y privado, revisten un interés público. Otro documento de referencia europeo en la reivindicación del interés público de la Arquitectura es la reciente Declaración de Davos, firmada en 2018 por Ministros de Cultura europeos y a la que se ha adherido el Gobierno de España. La Declaración reconoce la necesidad de avanzar en los valores culturales del entorno construido europeo y consolida el concepto de la Baukultur- o cultura de la construcción – que incluye los valores del diseño arquitectónico, la construcción y el paisajismo.

Con estos precedentes los estados miembros de la Unión Europea están integrando en sus estrategias institucionales el fomento de las políticas públicas de Arquitectura, y por ello el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha iniciado el proceso de elaboración de esta Ley que enriquecerá el marco legal formado por la Ley de Ordenación de la Edificación de 1999, la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana de 2015 y la futura Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda.

Los objetivos de calidad e interés general perseguidos por la Ley solo pueden conseguirse en un contexto interdisciplinario y de cooperación transversal entre agentes sectoriales, autoridades competentes, profesionales y la sociedad civil.